ESQUEMA URGENTE SOBRE LAS MEDIDAS TRIBUTARIAS DEL 31/12/2011

ESQUEMA URGENTE SOBRE LAS REFORMAS TRIBUTARIAS DEL 30/12/2011

 

Aunque son muchas las medidas, vamos a intentar sintetizar de forma esquemática las más importantes y su entrada en vigor.

No obstante, a nuestro juicio, la más inmediata en cuanto a su aplicación es la modificación del porcentaje de retención aplicable a las rentas derivadas de los alquileres, que pasa del 19 % al 21 %. Dado que la mayoría de los alquileres se pagan en la primera semana del mes, es importante realizar correctamente los recibos correspondientes al mes de enero.

 

IMPUESTO SOBRE LA RENTA DE LAS PERSONAS FÍSICAS

 

Base liquidable general

Tipo de gravamen

Desde

Hasta

2.011

2.012

Diferencia

0,00

17.707,20

24,00%

24,75%

0,75%

17.707,20

33.007,20

28,00%

30,00%

2,00%

33.007,20

53.407,20

37,00%

40,00%

3,00%

53.407,20

120.000,20

43,00%

47,00%

4,00%

120.000,20

175.000,20

44,00%

49,00%

5,00%

175.000,20

300.000,00

45,00%

51,00%

6,00%

300.000,20

En adelante

45,00%

52,00%

7,00%

 

Base liquidable del ahorro

Tipo de gravamen

Desde

Hasta

2.011

2.012

Diferencia

0,00

6.000,00

19,00%

21,00%

2,00%

6.000,00

24.000,00

21,00%

25,00%

4,00%

24.000,00

En adelante

21,00%

27,00%

6,00%

 

RETENCIONES E INGRESOS A CUENTA

Rendimientos del trabajo: Aunque la entrada en vigor es el mismo uno de enero de 2.012, la regularización del porcentaje de retención para la nómina no deberá efectuarse hasta el 1 de febrero de 2.012.

Rendimiento

2.011

2.012

Diferencia

Retribuciones de consejeros

35,00%

42,00%

7,00%

Arrendamientos

19,00%

21,00%

2,00%

Capital mobiliario

19,00%

21,00%

2,00%

 

DEDUCCIÓN POR INVERSIÓN EN VIVIENDA HABITUAL

                Se ha reinstaurado esta deducción con efectos desde 1 de enero de 2.011 y, dada su importancia, le dedicaremos un estudio más detallado dentro de unos días.

 

IMPUESTO SOBRE BIENES INMUEBLES

 

                La subida aprobada por el Gobierno sobre este impuesto, la han instrumentado en función del año de la última revisión catastral e incrementando los porcentajes de los tipos de gravamen a aplicar. Tanto los mínimos como los máximos.

 

Es muy importante tener en cuenta que no se trata de una revisión catastral, pues en ese caso supondría una subida adicional e indirecta de un gran número de impuestos.

 

TIPOS DE GRAVAMEN IBI

Última revisión catastral

2.012

Antes de 2.002

+ 10 %

Entre 2.002 y 2.004

+ 6 %

Entre 2.005 y 2.007

 + 0 %

Entre 2.008 y 2.011

+ 4 %

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